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Al SEPE le da igual que tengas hijos. Te puede quitar el paro y va a por todas

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El SEPE explica lo que ocurre si tienes hijos y rechazas una oferta de trabajo
Blanca Espada

Los trabajadores que pierden su empleo de forma involuntaria pueden solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) una prestación contributiva o un subsidio por desempleo, según su situación. Sin embargo, para acceder y mantener estas ayudas, deben cumplir una serie de requisitos y obligaciones, entre las que se encuentra la búsqueda activa de empleo y la aceptación de ofertas adecuadas a su perfil. Pero ¿qué ocurre si un desempleado con hijos a cargo rechaza una oferta de trabajo o no acude a una entrevista o a un curso de formación ofrecido por el SEPE? Toma nota porque es importante que sepas que el SEPE puede quitarte el paro sin importar si tienes hijos.

El SEPE te puede quitar el paro sin importar si tienes hijos

¿Tener hijos es una causa que justifique el incumplimiento de las obligaciones a cumplir cuando estás cobrando una prestación por desempleo? El SEPE deja claro en su web, que el hecho de tener hijos o hijas menores no es justificación para rechazar ofertas de empleo o cursos de formación.

Las sanciones a las que te puedes enfrentar

Por tanto, si un trabajador con hijos a cargo rechaza una oferta de trabajo adecuada a su profesión, formación y experiencia, sin motivo razonable, puede ser sancionado con la pérdida temporal o definitiva de la prestación o subsidio por desempleo.

La sanción dependerá de la gravedad de la infracción y del número de veces que se haya cometido. Así, si se trata de una infracción leve, como no renovar la demanda de empleo o no comparecer ante el SEPE cuando se le requiera, se puede perder el cobro del paro durante un mes. Si se trata de una infracción grave, como rechazar una oferta adecuada o abandonar un curso de formación, se puede perder el cobro del paro durante tres meses. Y si se trata de una infracción muy grave, como rechazar dos ofertas adecuadas o falsear los datos para obtener la prestación, se puede perder el cobro del paro definitivamente.

Además, el SEPE recuerda que el hijo o la hija de la pareja con quien se convive solo se tiene en cuenta como carga familiar en el caso de matrimonio, siempre que sea menor de 26 años o mayor con discapacidad o menor de 18 años en acogimiento, que no tenga rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional y que dependa económicamente de la unidad familiar. En el caso de una pareja de hecho, el solicitante o beneficiario del subsidio no podrá considerar al hijo o hija de su pareja como carga familiar, ni se tomarán en cuenta los ingresos de este hijo o hija para evaluar si cumple con el requisito de tener responsabilidades familiares.

Por lo tanto, los desempleados con hijos a cargo deben tener en cuenta estas condiciones y cumplir con sus obligaciones para no perder el derecho a cobrar el paro o el subsidio. Asimismo, deben participar en las acciones que les ayuden a mejorar sus posibilidades de encontrar trabajo.

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